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Acreditación de competencias

Acreditación de competencias

Para los estudiantes que vayan a trabajar a España (Legalizados) existe un procedimiento de acreditación de competencias normalizado desde la experiencia laboral o la acreditación de educación no formal.

Además, existe La certificación de personas que consiste en el reconocimiento de las competencias, conocimientos y habilidades profesionales de una persona.

Acreditación de competencias

 De esta forma, la obtención de un certificado proporciona:

  • Un elemento de confianzaa las organizaciones, instituciones y empresas sobre las competencias de los profesionales que trabajan en ellas.
  • Una forma de demostrar, por parte de los profesionales, estar en posesión de dichas competencias.

Para certificar los conocimientos y habilidades técnicas de un profesional, las auditoras de calidad0 llevan a cabo un proceso de evaluación estructurado, objetivo e independiente, de acuerdo a los Esquemas de Certificación, que son los documentos que definen las competencias avaladas por cada certificado.

Por otro lado, los certificados bajo los Esquemas de la EOQ (European Organization for Quality) suponen el reconocimiento internacional de las competencias profesionales en cada uno de los 34 países que forman parte de esta organización.

Por todo ello, la certificación supone un valor diferenciador en el mercado laboral.

Nosotros proponemos acreditar las competencias por la vía no formal de títulos propios o formación continua de nuestro catálogo para, si así lo desean y cumplen los criterios de ser residentes o futuros residentes en la Unión europea, posteriormente acreditar sus competencias por los sistemas nacionales o internacionales de educación.

La evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral o por vías no formales de formación es uno de los instrumentos necesarios para hacer realidad el aprendizaje a lo largo de la vida. Está dirigida a la población activa con experiencia laboral y sin acreditación, certificado o título profesionalizante de todas o parte de sus competencias profesionales, para que valide dichas competencias profesionales adquiridas en el desempeño laboral, así como aquellas cuya vía de adquisición haya sido la educación no formal.

La Ley Orgánica 3/2022 de ordenación e integración de la Formación Profesional (LOOIFP) recoge y actualiza los preceptos relativos a la acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral u otras vías no formales o informales en su Título VI. Sin embargo, este procedimiento de acreditación aún no ha sido desarrollado, encontrándose en fase de tramitación (audiencia e información pública hasta el 9 de marzo de 2023) el proyecto de Real Decreto por el que se establece la Ordenación del Sistema de Formación Profesional que lo desarrolla.

Hasta que termine su tramitación, se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y se establezca su aplicación, sigue vigente la evaluación y acreditación desarrollada en 2009, la cual sigue criterios que garantizan la fiabilidad, objetividad y rigor técnico de la evaluación. El Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales sirve de referencia en este procedimiento, ya que ordena las cualificaciones profesionales susceptibles de formación, reconocimiento y acreditación identificadas en el sistema productivo en función de las competencias apropiadas para el ejercicio profesional. Comprende las cualificaciones profesionales más significativas del sistema productivo organizadas en familias profesionales y niveles, y constituye la base y el referente para elaborar la oferta formativa de los títulos de formación profesional y los certificados de profesionalidad.

Para facilitar el conocimiento de este procedimiento y sus requisitos, el Ministerio de Educación y Formación Profesional (MEFP) pone a disposición de todas las personas interesadas dos herramientas:

  • ACREDITA a través del portal TodoFP;
  • el portal del Instituto Nacional de las Cualificaciones (INCUAL), el instrumento técnico del Consejo General de Formación Profesional (CGFP) que aproxima el mundo profesional al formativo y es responsable de mantener actualizado el CNCP.

Todas las Administraciones educativas y laborales publican convocatorias públicas para el reconocimiento de determinadas competencias profesionales. El procedimiento consta de las siguientes fases:

  • Publicidad u orientación previa a la inscripción.
  • Inscripción propiamente dicha.
  • Asesoramiento, atendiendo a la documentación aportada: un asesor o una asesora realizan un informe no vinculante que, de ser positivo, permite al candidato acceder a la fase de evaluación. En el caso de que dicho informe sea negativo, indica a la persona candidata la formación complementaria que debe realizar y los centros donde puede recibirla.
  • Evaluación de la competencia profesional: se comprueba si la persona candidata demuestra la competencia profesional requerida.
  • Acreditación y registro de la competencia profesional: a las personas que hayan superado el proceso de evaluación se les expide una acreditación de cada una de las unidades de competencia en las que hayan demostrado su competencia profesional.

Al concluir todo el procedimiento las Administraciones competentes remiten a todas las personas que han participado en él las orientaciones necesarias para completar la formación conducente a la obtención de un título de Formación Profesional (FP) o un Certificado de profesionalidad.

En caso de que las competencias profesionales evaluadas no alcancen a completar las cualificaciones recogidas en algún título de FP o certificado de profesionalidad, se le realiza una acreditación parcial acumulable. De este modo, puede completar su formación para la obtención del correspondiente título o certificado.

Para participar en el procedimiento de reconocimiento de competencias es necesario cumplir una serie de requisitos generales, con alcance y validez en todo el Estado. Las comunidades autónomas pueden establecer, además, otros requisitos específicos.

Los requisitos generales para participar en el proceso de reconocimiento de competencias profesionales son las siguientes:

  1. nacionalidad:
    • poseer la nacionalidad española;
    • haber obtenido el certificado de registro de ciudadanía comunitaria o la tarjeta de familiar de ciudadano o ciudadana de la Unión Europea;
    • ser titular de una autorización de residencia o de residencia y trabajo en España en vigor, en los términos establecidos en la normativa española de extranjería e inmigración;
  2. edad:
    • tener 18 años cumplidos en el momento de realizar la inscripción cuando se trate de unidades de competencia correspondientes a cualificaciones de nivel I;
    • tener 20 años para los niveles II y III;
  3. experiencia laboral:
    • para las unidades de competencia de los niveles II y III, justificar, al menos, 3 años de experiencia laboral, con un mínimo de 2000 horas trabajadas en total, en los últimos 15 años transcurridos antes de la presentación de la solicitud;
    • para las unidades de competencia de nivel I, se requieren 2 años de experiencia laboral con un mínimo de 1200 horas trabajadas en total;
  4. formación1:
    • para las unidades de competencia de los niveles II y III, justificar, al menos, 300 horas en los últimos 10 años transcurridos antes de la presentación de la solicitud;
    • para las unidades de competencia de nivel I, se requiere, al menos, 200 horas. En los casos en los que los módulos formativos asociados a la unidad de competencia que se pretende acreditar contemplen una duración inferior, se deberán acreditar las horas establecidas en dichos módulos;
    • en los casos en que las unidades de competencia profesional que se van a valorar cuenten, por su naturaleza, con requisitos adicionales, poseer documento justificativo de cumplir con dichos requisitos.

0 Las organizaciones en general y los responsables de RRHH, en particular, son cada vez más conscientes de la importancia de unos eficaces procesos de evaluación de sus personas como garantía de éxito de la organización.

La norma ISO 10667-1 e ISO 10667-2 especifica los requisitos para la prestación de servicios de evaluación: procedimientos y métodos para la evaluación de personas en entornos laborales y organizacionales y es la forma más eficaz de demostrar a todas las partes interesadas que la evaluación de personas se hace de forma normalizada, adecuada y equitativa, garantizando la calidad de la evaluación.

La certificación AENOR de Servicios para la prestación de servicios de evaluación: procedimientos y métodos para la evaluación de personas en entornos laborales y organizacionales, según la norma ISO 10667 permite a las organizaciones:

  • Ser usuarios más eficaces de la evaluación.
  • Tomar decisiones de contratación mejores.
  • Aumentar el potencial y el bienestar de todos sus empleados, así como el ajuste empleado-organización.
  • Realizar la evaluación de las personas de forma normalizada, adecuada y equitativa.
  • Dar mayor confianza a las entidades reguladoras, las autoridades y la sociedad en general en los procedimientos de evaluación.
  • Que los proveedores de servicios realicen evaluaciones de calidad.
  • La aplicación en todo el mundo.
  • La integración y compatibilidad con otras normas internacionales como ISO 9001, ISO 45001, ​ SR10.

Por todo ello la certificación ISO 10667 de AENOR resulta la herramienta perfecta para garantizar la calidad de la evaluación de personas y que se realiza de forma normalizada, adecuada y equitativa.

 

Las personas mayores de 25 años que cumplan los requisitos de experiencia laboral o formativa indicados, pero no puedan justificarlos mediante los documentos señalados, pueden solicitar su inscripción provisional en el procedimiento, justificando mediante alguna prueba admitida en derecho su experiencia laboral o de los aprendizajes no formales de formación.

Proyecto ROI Cátedra UCM-Cofares

Arranca el proyecto ROI, impacto de los programas de gestión psicosocial en la reducción del absentismo, Cátedra UCM-COFARES, @unicomplutense @Cofares @AFFORPrevencion #IRSST Presentación en la @CyT_UCM Facultad de Comercio y Turismo

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La Formación programada (Fundae)

La Formación Programada (anteriormente conocida como Formación Bonificada) es una herramienta proporcionada por la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FUNDAE) con el objetivo de facilitar y promover la formación continua y el reciclaje permanente de los...

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La Formación programada (Fundae)

La Formación Programada (anteriormente conocida como Formación Bonificada) es una herramienta proporcionada por la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FUNDAE) con el objetivo de facilitar y promover la formación continua y el reciclaje permanente de los trabajadores, contribuyendo así a aumentar la competitividad y productividad de las empresas.

En resumen, las empresas que cumplen con requisitos básicos (tener trabajadores en plantilla y estar al corriente de pagos en la Seguridad Social y en la Agencia Tributaria) pueden ofrecer cursos gratuitos a sus empleados. Este crédito está disponible durante el año natural, lo que significa que las acciones formativas deben realizarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del mismo año para poder ser bonificadas.

Si bien la empresa debe cubrir los costes asociados a la formación (docentes, instalaciones, materiales, licencias e-learning, campus virtual, etc.), estos costes se reembolsan a través de bonificaciones en los Seguros Sociales, siempre que se cumplan los requisitos de impartición y finalización del curso, y se gestione correctamente ante la FUNDAE. Cada empresa dispone de un crédito en particular que se define básicamente por el tamaño de su plantilla.

En LifeMotiva bajo la entidad organizadora El Consorcio,  ofrecemos servicios de consultoría para detectar necesidades, organizar e impartir acciones formativas, y gestionar la bonificación, con el fin de aprovechar al máximo el crédito disponible de tu empresa y sacar el máximo provecho de la Formación Programada.

Para determinar el crédito disponible, se debe averiguar el tamaño medio de la plantilla durante el año anterior (ya que el crédito de formación se basa en la cotización del año anterior) y la cantidad total aportada en concepto de Formación Profesional (0,7% de «Base otras Cotizaciones» de las nóminas de los trabajadores). Con estos datos, se puede consultar la siguiente tabla:

  • Entre 1 y 5 trabajadores: la empresa dispone de 420€ para formación al año.
  • Entre 6 y 9 trabajadores: el crédito disponible será del 100% de la aportación total a la Formación Profesional.
  • Entre 10 y 49 trabajadores: el crédito disponible será del 75% de la aportación total a la Formación Profesional.
  • Entre 50 y 249 trabajadores: el crédito disponible será del 60% de la aportación total a la Formación Profesional.
  • 250 trabajadores o más: el crédito disponible será del 50% de la aportación total a la Formación Profesional.

Si la empresa fue constituida en el año en curso, el crédito se calculará multiplicando el número de trabajadores del primer boletín de cotización a la Seguridad Social por 65€. Si la empresa fue dada de alta el año anterior pero no cotizó durante los 12 meses, también se aplicará esta fórmula, siempre que el resultado sea más favorable que el procedimiento general mencionado anteriormente.

La FUNDAE proporciona un simulador de crédito en su página web para facilitar este cálculo.

El proceso de bonificación consta de 8 pasos, según se indica en el portal web de la FUNDAE. A continuación, los presentamos de manera resumida:

  1. Cálculo del crédito disponible.
  2. Obtención del certificado digital.
  3. Alta en la aplicación de FUNDAE.
  4. Informar RLT (Si existe) y obtener el consentimiento de los participantes.
  5. Comunicar el inicio y las características del curso.
  6. Impartir la formación.
  7. Comunicar el fin de la acción formativa.
  8. Gestionar la bonificación.

Cuadro de Mando de Formación de Empresa con KPIs

Cuadro de Mando de Formación de Empresa con KPIs.

Objetivo estratégico: Mejorar el desarrollo y la efectividad de los programas de formación para impulsar el crecimiento y el desempeño de los empleados.

KPI 1: Horas de formación por empleado

  • Definición: Cantidad de horas de formación completadas por cada empleado durante el período
  • Fórmula: Suma de horas de formación / Número total de empleados
  • Meta: Alcanzar un promedio de al menos X horas de formación por empleado

KPI 2: Retorno de la inversión (ROI) en formación

  • Definición: Evaluación del valor generado a partir de la inversión en formación
  • Fórmula: (Beneficios obtenidos – Costo de formación) / Costo de formación x 100
  • Meta: Obtener un ROI en formación de al menos X%

KPI 3: Nivel de satisfacción de los empleados con los programas de formación

  • Definición: Evaluación de la satisfacción de los empleados con la calidad, relevancia y utilidad de los programas de formación
  • Fórmula: Encuestas de satisfacción con una escala de puntuación
  • Meta: Mantener un índice de satisfacción de empleados superior al 80%

KPI 4: Porcentaje de empleados que aplican los conocimientos adquiridos en la formación en su trabajo diario

  • Definición: Porcentaje de empleados que aplican activamente los conocimientos y habilidades adquiridos en la formación en su trabajo diario
  • Fórmula: (Número de empleados que aplican los conocimientos / Número total de empleados) x 100
  • Meta: Alcanzar un porcentaje de aplicación de conocimientos superior al 70%

KPI 5: Evaluación del impacto de la formación en el desempeño laboral

  • Definición: Evaluación del impacto de la formación en el desempeño laboral y en el logro de los objetivos individuales y organizacionales
  • Fórmula: Valoración del desempeño antes y después de la formación (por ejemplo, evaluaciones de rendimiento, indicadores de cumplimiento de objetivos)
  • Meta: Mejorar el desempeño laboral en un X% después de la formación

KPI 6: Nivel de participación en programas de desarrollo de liderazgo

  • Definición: Porcentaje de empleados que participan en programas de desarrollo de liderazgo y habilidades gerenciales
  • Fórmula: (Número de empleados que participan en programas de liderazgo / Número total de empleados) x 100
  • Meta: Alcanzar una participación del 30% de empleados en programas de desarrollo de liderazgo

Formación y Retribución Flexible.

Formación y Retribución Flexible.

La formación y la retribución flexible son dos conceptos que se pueden combinar en el ámbito laboral para ofrecer beneficios adicionales a los empleados. A continuación, se explica cada concepto de manera individual:

  1. Formación: La formación se refiere al proceso de adquirir conocimientos, habilidades y competencias específicas para mejorar el desempeño laboral. Las empresas pueden ofrecer programas de formación internos o externos para que sus empleados adquieran nuevas habilidades o se actualicen en su campo. Esto puede incluir cursos, talleres, conferencias, seminarios y programas de desarrollo profesional. La formación es fundamental para el crecimiento y la evolución de los empleados, así como para el éxito y la competitividad de las empresas.
  2. Retribución flexible: La retribución flexible, también conocida como salario flexible o remuneración flexible, es un enfoque que permite a los empleados elegir cómo se les recompensa, adaptando su paquete de beneficios a sus necesidades individuales. En lugar de recibir una retribución estándar en efectivo, los empleados pueden seleccionar entre una variedad de opciones de beneficios, como vales de comida, seguro médico complementario, planes de pensiones, cheques guardería, entre otros. Esto brinda a los empleados la flexibilidad de personalizar su paquete de beneficios según sus preferencias y circunstancias personales.

 

Cuando se combinan la formación y la retribución flexible, las empresas pueden ofrecer a sus empleados oportunidades de desarrollo y crecimiento a través de programas de formación, al tiempo que les brindan opciones para adaptar su paquete de beneficios a sus necesidades individuales. Esto puede aumentar la satisfacción y la motivación de los empleados, así como su compromiso con la empresa. Además, la formación y la retribución flexible pueden ser herramientas efectivas para atraer y retener talento en un mercado laboral competitivo.Es importante destacar que la implementación de programas de formación y retribución flexible requiere una planificación cuidadosa y una comunicación clara con los empleados para garantizar que comprendan las opciones disponibles y puedan aprovechar al máximo los beneficios ofrecidos.

En este sentido , nuestra área de formación sigue innovando mostrando programas formativos e incentivando mediante puntos que pueden redimir al finalizar estos programas con éxito
Para ello disponemos de una plataforma de redención de esos puntos personalizada a cada trabajador.

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